por Francisco José García
15-04-2020 10:33:12

Dudas frecuentes del registro de la jornada laboral

El registro de la jornada laboral obligatorio entró en vigor el pasado 12 de mayo, hace ya casi un año. Rápidamente las empresas tuvieron que implantar esta nueva medida. No obstante, 10 meses hemos observado que hay quien sigue teniendo dudas. ¡Te las resolvemos en este post!

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¿Qué pasa si una empresa no realiza el registro de la jornada laboral?

Si las empresas no cumplen con la normativa vigente se enfrentarían a multas cuantiosas. Estas serán superiores conforme aumente el número de empleados con lo que cuente la empresa en su plantilla.

¿Qué tiempo abarca este registro?

Este registro deberá abarcar desde la hora de entrada al trabajo hasta la hora de salida. De este modo, se pretende que quede registrado si el trabajador realiza horas extras para que estas sean abonadas y reconocidas.

¿Qué se pretende conseguir mediante el Registro de Jornada Laboral?

Con esta medida el Ministerio de trabajo pretende acabar con los fraudes e ilegalidades respecto a horario de los trabajadores.

¿Qué pasa con los descansos?

En el caso de los descansos en el trabajo (la hora del desayuno, una pausa para un café…) estos serán pactados entre el trabajador y la empresa, siendo estos lo que lleguen a un acuerdo.

¿Están todos los gremios incluidos?

Este registro es aplicable a todos los trabajadores activos, independientemente del colectivo al que pertenezcan. Además, incluye a todas las empresas, independientemente de su número de trabajadores o de cualquier otra peculiaridad.

¿Quiénes no están obligados a llevar este registro?

Solo están exentos los trabajadores autónomos y los asociados a cooperativas. Además del personal de alta dirección, trabajadoras domésticas, deportistas profesionales, trabajadores discapacitados que trabajen en centros especiales de empleo y las personas que se dediquen al mundo del espectáculo público.

¿Cómo debe ser el registro?

Este puede realizarse de manera física, en papel o en digital. En el caso del soporte físico, está prohibido firmar a la vez la hora de entrada y de salida, siendo esto sancionable. Quedan descartados los registros semanales o mensuales.

En este debe constar la hora de inicio y de finalización diario y las horas extras en caso de que sean realizadas.

¿Dónde se debe guardar esta información?

Las horas trabajadas se deberán entregar en mano en caso de inspección laboral. Este se guardará en la empresa ya que no es posible el envío a la sede central o a la asesoría. El no tener los registros de las jornadas laborales de los trabajadores en caso de inspección sería motivo de multa inmediata.

¿Qué pasará con las personas que trabajen desde casa?

Aquellos trabajadores que tengan la opción de teletrabajar (trabajar desde casa), están también en la obligatoriedad de ejercer con el registro de la jornada laboral. Así que deberán disponer de herramientas que les faciliten el poder fichar sin necesidad de acudir a su centro de trabajo. Entre las más populares y accesibles se encuentran las aplicaciones móviles, ya que estas se instalan en tu smartphone y te ofrecen la opción de registrar tu jornada estés donde estés.

¿Qué aplicación existe que registre el horario laboral?

La aplicación de Control de Jornada Laboral de Goltratec, se instala en el móvil y el trabajador la inicia cuando comienza su jornada registrando su horario de entrada. Del mismo modo cerrará la sesión cuando llega al fin de su horario diario. Cuenta con un sistema de alarma que se activa en caso de que el trabajador se haya olvidado de cerrar su sesión laboral.

¡Lánzate al progreso tecnológico de mano de Goltratec! Esta app es muy fácil de usar, además descargarla es complemente gratuita. ¡No te arrepentirás!

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