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Ultimátum sindical: el nuevo registro horario digital, antes del 31 de julio o ruptura con el Gobierno

Ultimátum sindical: el nuevo registro horario digital, antes del 31 de julio o ruptura con el Gobierno

8/7/2026

El endurecimiento del registro horario vive sus semanas más decisivas. CCOO y UGT han puesto sobre la mesa un ultimátum: o el Gobierno aprueba la reforma del control de jornada antes del 31 de julio de 2026, o no volverán a firmar acuerdos con el Ejecutivo. La presión ha surtido efecto y Trabajo ya acelera para que el texto esté listo antes del parón legislativo de verano.

Trabajo acelera tras el ultimátum de los sindicatos

El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, ha confirmado que el departamento que dirige Yolanda Díaz está “puliendo técnicamente” el texto del decreto. El objetivo es que la reforma se apruebe “en uno de los Consejos de Ministros previos a las vacaciones” y que llegue con la mayor “integridad jurídica posible”.

No es un detalle menor. El dictamen del Consejo de Estado recogió buena parte de las objeciones que las organizaciones empresariales plantearon durante la negociación, lo que obliga a Trabajo a reescribir el decreto para blindarlo frente a la impugnación que la CEOE ya ha anunciado que llevará a los tribunales.

¿Por qué se ha retrasado tanto el nuevo registro de jornada?

El freno no ha venido solo de fuera. Dentro del propio Gobierno ha habido tiras y aflojas, especialmente entre los ministerios de Economía y de Trabajo, a cuenta del plazo de adaptación que se concede a las pymes. A esa disputa interna se suma el varapalo del Consejo de Estado, que se mostró contrario a aprobar la medida por varias razones:

  • La falta de adecuación del nuevo modelo a las particularidades de cada sector.
  • La carga adicional que supondría para las pequeñas y medianas empresas.
  • La decisión de tramitar la reforma vía real decreto en lugar de una norma con rango de ley.

Recordemos que este endurecimiento del control de jornada nació vinculado al proyecto de reducción de la semana laboral a 37,5 horas, pero ha acabado siguiendo su propio camino normativo.

Las claves del nuevo registro horario digital

Si algo define la reforma es la apuesta decidida por lo digital. El registro deberá ser objetivo, accesible y fiable, y quedan prohibidas las modificaciones unilaterales por parte de la empresa. Los datos, además, deberán conservarse durante cuatro años.

El nuevo sistema exige un desglose mucho más minucioso del tiempo trabajado:

  • Inicio y fin de la actividad, incluyendo las pausas realizadas durante la jornada.
  • Distinción entre horas ordinarias, extraordinarias y complementarias, especificando cómo se compensan las extraordinarias.
  • Diferenciación entre trabajo presencial y a distancia, un aspecto clave con el teletrabajo consolidado.
  • Reflejo de las medidas de flexibilidad y conciliación aplicadas a cada persona trabajadora.

Cualquier corrección posterior en los asientos requerirá el acuerdo entre empresa y trabajador, y si hay discrepancia deberá intervenir la representación legal de los trabajadores.

Acceso, inspección y protección de datos

La normativa no solo redefine qué se registra, sino también quién y cómo puede acceder a esa información. Las personas trabajadoras y sus representantes legales podrán consultar y obtener copias de los registros de forma inmediata, siempre con la debida anonimización de los datos personales que no sean necesarios.

La Inspección de Trabajo gana peso en el nuevo escenario: tendrá acceso tanto presencial como remoto a los registros, en formatos compatibles, y podrá actuar de oficio ante posibles incumplimientos para determinar las sanciones correspondientes. La interoperabilidad del sistema se convierte, así, en un requisito indispensable.

Por su parte, las empresas asumen nuevas obligaciones:

  • Garantizar el derecho a la intimidad y la protección de datos de toda la plantilla.
  • Elaborar un protocolo de organización y documentación del registro, previa consulta con los sindicatos.
  • Impartir formación específica a los empleados sobre el funcionamiento de la herramienta, un tiempo que se computará como jornada efectiva de trabajo.

Cómo prepararse para el nuevo escenario normativo

Con el plazo del 31 de julio sobre la mesa, las empresas que aún confían en sistemas manuales o en papel se enfrentan a un riesgo evidente: quedar fuera de juego de un plumazo. La digitalización del control horario deja de ser una opción para convertirse en un requisito legal.

Una buena app de registro horario permite cubrir de antemano buena parte de las exigencias del nuevo decreto: registro digital e inmutable, desglose de horas ordinarias y extraordinarias, distinción entre trabajo presencial y a distancia, acceso inmediato para trabajadores e Inspección, y conservación de los datos durante el plazo exigido. Adaptarse con tiempo no solo evita sanciones, sino que refuerza la transparencia y la confianza dentro de la plantilla.

El mensaje de los sindicatos es claro y el calendario, ajustado. Quienes adelanten la adaptación a un sistema digital fiable tendrán mucho recorrido ganado cuando el real decreto entre finalmente en vigor.

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