por Francisco José García
17-03-2020 10:33:12

Todo lo que debes saber sobre el registro de jornada laboral

Desde la publicación de las nuevas medidas de protección social y lucha contra la precariedad laboral, los empresarios han tenido que adaptarse al cambio. Muchos aún tienen dudas a la hora de aplicar la normativa en cuanto al registro de la jornada laboral. Por ello, hemos elaborado este post con el fin de facilitarte la aplicación práctica de la legislación. Y además, conocerás bien a qué sanciones te expones si te tomas a la ligera este asunto. Y es que el Ministerio de Trabajo fue tajante: la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) va a vigilar muy atentamente el cumplimiento de la medida.

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¿Cuándo entró en vigor la normativa?

El pasado 12 de mayo. El registro diario de la jornada se hizo obligatorio para todos los trabajadores, sea cual sea su jornada de trabajo.

¿Cuál es el fin de esta medida?

Esta ley busca controlar el fraude en la contratación parcial y pretende asegurar que se hagan las horas que corresponden a las establecidas en el contrato. Así, si hace horas extra, el trabajador se asegura que se lo pagarán o compensarán con horas de descanso.

Como empresario, ¿qué obligaciones tengo?

Tu empresa está obligada a registrar diariamente la jornada de trabajo. Ese registro, según establece expresamente la normativa, deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada empleado.

¿Cómo se efectúa el registro?

La normativa no exige un método específico. La empresa puede escoger libremente cómo va a realizar el registro de jornada laboral. Por tanto, puede ser manual (en papel), por huella dactilar (siempre conforme a la normativa de protección de datos), vía informática o a través del teléfono móvil mediante una app como puede ser la app Control de Jornada Laboral.

¡Ojo!: De no tratarse de un Smartphone corporativo (de la empresa), los empleados no tienen obligación de instalarse en su móvil personal una aplicación para fichar. Por tanto, de negarse éstos, esta opción sólo podrá realizarse si existe un móvil corporativo.

¿Qué datos han de constar en el registro?

Ha de hacerse a diario, incluyendo la hora de inicio y fin de la jornada. La validez del sistema que se use para cumplir la normativa, es que proporcione información veraz e inmodificable; es decir, que no pueda ser modificado a posteriori por el trabajador o empleador.

Los tiempos de descanso, ¿se registran?

La empresa es la que tiene la última palabra en esta cuestión. Conjuntamente decidirán, empleador y trabajadores, la inclusión o exclusión del tiempo de descanso.

¿Por cuánto tiempo se conservarán los registros?

Debes conservar los registros durante cuatro años. Y, siempre, a disposición de los empleados, de sus representantes legales y, por supuesto, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

¡Ojo!: Informa bien a tus trabajadores sobre cómo pueden ejercer sus derechos en los casos en los que se use software o huella digital, y en cómo funcionan los mecanismos que se usan para el registro de la jornada.

¿Y si la empresa ignora el registro?

Eso podría suponerle una infracción grave, con una sanción económica de un mínimo de 626€ a un máximo de 6.250€, según el artículo 7.5 de la Ley de infracciones y sanciones del orden social. La cuantía de la multa dependerá de varios criterios, entre ellos, el número de trabajadores afectados. Si tienes muchos empleados, te impondrán la sanción máxima.

¿Qué ocurre si cometo una primera infracción?

El protocolo a seguir en caso de ausencia del registro establece que, primeramente, se realizará un requerimiento a la empresa para que cumpla con su obligación. Además, se le extenderá un acta de infracción, donde conste el periodo de tiempo que abarca el incumplimiento de la obligación de registro diario de la jornada, así como a qué trabajadores se refiere.

¿Y el teletrabajo?

Una duda recurrente es la referente a los trabajadores a distancia, y cuál el mejor método para registrar su jornada laboral. Hay diferentes fórmulas para llevarlo a cabo a distancia y una buena opción es la aplicación que ya hemos mencionado: "Control de Jornada Laboral". Tan sencillo como instalarse la aplicación móvil en tu Smartphone, y fichar estés donde estés.

Ahora ya estás al día sobre las posibles dudas de esta normativa que, a día de hoy, muchos seguimos haciéndonos. En Goltratec te las resolvemos de la mejor forma, ¡mediante una app móvil!

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