Una dependienta fue despedida tras descubrirse que falsificaba el registro horario con la colaboración de compañeras del mismo establecimiento.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha avalado la procedencia del despido disciplinario de una trabajadora de una tienda de calzado. ¿El motivo? Se comprobó que, junto a otras compañeras, falsificaba el registro horario, suplantando la identidad de terceras personas para cuadrar los fichajes y aparentar una jornada que no se correspondía con la realidad.
Esta sentencia demuestra las consecuencias legales que puede acarrear intentar manipular el sistema de control horario de trabajadores. En este caso concreto, la gravedad de la infracción desembocó en un despido sin derecho a indemnización, a pesar de que la trabajadora llevaba cuatro años en la empresa.
Las empleadas se hacían pasar unas por otras al fichar
En este comercio, como en muchos otros, se aplicaban turnos rotativos. Sin embargo, un grupo de trabajadoras ideó un sistema para mantener un horario fijo. Para lograrlo, suplantaban la identidad de compañeras a la hora de fichar, simulando una presencia que no se correspondía con la realidad. Tanto la encargada como otras dependientas participaban en esta práctica, fichando en nombre de compañeras que no estaban presentes en el local.
La empresa detectó este patrón con la ayuda de grabaciones de videovigilancia y testimonios de otros empleados, confirmando que existía una práctica habitual de suplantación de identidad en los registros de entrada y salida.
Un despido tras descubrir las irregularidades
Ante las pruebas recabadas, en julio de 2022 la empresa procedió a comunicar el despido disciplinario a la trabajadora. En la carta de despido se reflejaban las irregularidades detectadas, detallando que, aunque en el sistema constaban turnos rotativos, en realidad seguía un horario fijo.
Los días 27, 28 y 29 de junio de ese año, las grabaciones y declaraciones de testigos revelaron diferencias significativas entre el registro y la jornada efectivamente trabajada. Por ejemplo, el 27 de junio figuraba una entrada a las 13:01, cuando en realidad no accedió al establecimiento hasta las 16:44. El mismo patrón se repitió los dos días siguientes. En estas acciones también participó al menos otra compañera, facilitando los fichajes falsos.
De un saldo negativo a uno positivo manipulando los fichajes
La empresa contaba con un sistema de bolsa de horas para el control horario de trabajadores, que permitía acumular o compensar tiempo trabajado de forma flexible, siempre bajo autorización expresa. El fraude permitió que la trabajadora pasara de tener un saldo negativo de -25 horas y 13 minutos a uno positivo de +20 horas y 11 minutos en apenas medio año.
La justicia ratifica el despido disciplinario
La trabajadora recurrió judicialmente la decisión empresarial, pero tanto el Juzgado de lo Social número 1 de Lleida como el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en su sentencia 1172/2025, confirmaron la procedencia del despido.
El tribunal concluyó que los hechos estaban suficientemente acreditados y que constituían una infracción muy grave, conforme al convenio colectivo del sector del comercio en Lleida. Además, subrayó que la suplantación de identidad en el registro de jornada constituye un incumplimiento grave y culpable, sancionable con el despido disciplinario.
En este caso, la conducta de la trabajadora no solo vulneró la normativa interna de la empresa, sino que también provocó un perjuicio económico y organizativo al alterar de forma deliberada el control horario de trabajadores y el cómputo real de horas trabajadas.