por Francisco José García
08-11-2021 11:23:42

La reforma del estatuto de los trabajadores contempla entre otras cosas el sistema de control horario, sin distinción de empresas, donde al menos hay que reflejar las horas trabajadas diarias y cuyo computo se obtiene como mínimo de la hora de entrada y salida del trabajador. Estas horas deben ser acordes a los convenios colectivos y/o contratos de trabajo y establecen como límite 80 horas extras anuales.

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Otra de las novedades incluidas en esta reforma es la obligatoriedad de la empresa a salvaguardar los registros durante un mínimo de 4 años y deben estar siempre a disponibilidad de la inspección de trabajo. La obligatoriedad de almacenamiento no se exime frente a desastres como incendios, inundaciones etc, de modo que es primordial disponer de una copia de la información fuera de las instalaciones de la empresa.

Algunos de los motivos que han llevado al gobierno a adoptar estos cambios son:

  • En 2008 se dejaron de pagar 3.2 millones de horas extras.
  • Las horas extras no pagadas equivalen a la creación de 26.000 nuevos puestos de trabajo.
  • La aprobación de estos cambios supone mayor sanción a las empresas y por lo tanto persuasión para no cumplir con la ley.
  • Un control horario correcto reduciría los accidentes laborales.

También se traduce en benefcios para el sector empresarial:

  • Va a limitar la competencia desleal.
  • La empresa va a conocer mejor los tiempos productivos de los trabajadores.

La nueva norma no es excesivamente clara en lo que debe o no registrarse. Únicamente deja claro el registro de la hora de entrada y salida. Tampoco especifica si debe ser un sistema manual o telemático si bien es cierto que cuanto más patente quede la identidad del trabajador y la veracidad de la información, mejor.

En control de jornada laboral aportamos facilidades para cumplir de la mejor forma con esta reforma y facilitar el cumplimiento tanto a las empresas como a los trabajadores. Además, nuestro sistema es valido para todos los escenarios laborales:

  • Puestos administrativos
  • Teletratabajo
  • Comerciales
  • Puestos de producción
  • ...

Si tienes cualquier duda ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos en todo lo que necesites.

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